Explica que la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil aumentará el uso de las nuevas tecnologías y extenderá la utilización de los sistemas telemáticos en la Administración de Justicia
El portavoz de Justicia del Grupo Popular, José Miguel Castillo Calvín, destacó hoy la importancia de la aprobación en el Consejo de Ministros de la desaparición de las tasas judiciales para las personas físicas, medida incluida en el Real Decreto Ley de mecanismo de segunda oportunidad y reducción de la carga financiera, y de otras medidas de orden social, así como la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Con estas medidas, destacó, se conseguirá “una Justicia mejor y al alcance de todos”.
En este sentido, subrayó que el hecho de que las personas físicas queden exentas del pago de tasas judiciales en todos los órdenes e instancias redundará en “una justicia al alcance de todos, en la que los ciudadanos no tengan que pagar para defender sus derechos”.
“De esta manera, y tras abordar un estudio profundo, serio y riguroso del impacto real en materia de acceso a la Justicia, se viene a dar cumplimiento al compromiso asumido por el Gobierno de revisar el sistema actualmente en vigor, para que el mismo no sea un obstáculo al derecho de acceso a la Justicia por parte de los ciudadanos”, señaló Castillo Calvín.
Así, se garantiza la tutela judicial efectiva en todos los órdenes jurisdiccionales e instancias “para que ningún ciudadano deje de acudir a la Justicia por motivos económicos”.
REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL
Asimismo, el portavoz popular se refirió a la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por la que se introducirán en el sistema judicial un paquete de medidas organizativas encaminadas a agilizar la instrucción de los procedimientos, a través de una mayor especialización en los Tribunales y un mejor reparto de asuntos.
Para Castillo Calvín, la reforma de la LOPJ “sitúa su punto de mira especialmente en dos aspectos que requieren de una atención permanente por parte de las instituciones públicas y que suponen un gran beneficio para los ciudadanos: la modernización de la Justicia y la lucha contra la violencia de género”.
“El primero de esos objetivos, la modernización y transformación de la Justicia, no es nuevo. Desde hace más de una década se viene demandando una Justicia que actúe con rapidez, eficacia y calidad, en la que los tiempos de respuesta sean razonables y se alcancen los máximos niveles posibles de profesionalización y especialización”, manifestó Castillo Calvín.
En el momento actual, trabajar en esa línea exige conseguir “una mayor flexibilidad en la organización judicial y, por ello, la reforma hace especial hincapié en aquellos mecanismos que permitirán un mejor reparto de asuntos entre juzgados, una resolución especializada de aquellos que por su volumen exijan de respuestas específicas y una agilización de la instrucción de aquellas causas que por su complejidad así lo requieran”, aseguró.
Asimismo, se refirió a la instrucción de las causas penales de especial complejidad, para las cuales esta modificación incluye medidas para agilizar ese proceso. De este modo, para auxiliar al instructor y una vez que el juez lo haya solicitado al CGPJ, el órgano de gobierno de los jueces podrá acordar la adscripción al órgano instructor de uno o varios jueces o letrados de la Administración de Justicia para que, bajo la dirección del titular, puedan realizar labores de colaboración, asistencia y asesoramiento, pero sin funciones jurisdiccionales.
Respecto al otro gran objetivo de la reforma, continuar adoptando medidas de lucha contra la violencia de género, se incluyen medidas en la modificación para la erradicación de la violencia contra la mujer, así como una mejor atención a las víctimas.
Por ejemplo, se potencia la posibilidad de extender la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más partidos judiciales. También se amplían las competencias del juez de Violencia sobre la Mujer, en primer lugar, a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de la mujer; y, en segundo lugar, también conocerá del delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
Asimismo, el portavoz popular destacó que la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil aumentará el uso de las nuevas tecnologías y extenderá la utilización de los sistemas telemáticos en la Administración de Justicia.
En este sentido, subrayó que la reforma pretende fomentar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en los trámites con la Administración de Justicia; mejorar la regulación del juicio verbal; que en los procesos monitorios, el juez pueda verificar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos y acortar el plazo de prescripción de las acciones personales a cinco años.
Finalmente, en cuanto a la presentación de escritos y documentos, señaló que a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán también obligados a emplear los medios electrónicos existentes en la Administración de Justicia para realizar esta actividad. Para hacerlo efectivo, la Administración competente deberá de habilitar los medios técnicos necesarios antes de dicha fecha.
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