El Partido Popular respeta, como ha hecho siempre, la decisión del Tribunal Constitucional.
Pero lamenta profundamente que las pruebas que convencieron al Tribunal Supremo de que Bildu es una estrategia diseñada por ETA, no hayan convencido a una exigua mayoría del Tribunal Constitucional. Por ello valora de forma especial la posición de quienes han anunciado un voto particular.
Es una mala noticia que una mayoría del Tribunal Constitucional permita la presentación a las elecciones municipales de listas diseñadas por ETA-Batasuna. Es una mala noticia, pero no definitiva, porque caben, como hemos venido diciendo, otras vías sucesivas de impugnación.
Por eso, el Partido Popular reitera la necesidad de desenmascarar cualquier fórmula fraudulenta que permita al brazo político de ETA o a sus coaligados eludir la Ley, concurrir a unas elecciones democráticas y obtener representantes en las Instituciones mientras ETA no abandone las armas.
La experiencia demuestra que, pese a la apariencia de distanciamiento de los candidatos, es ETA quien ejerce el control mientras siga viva. Ello nos llevó a introducir en la Ley Electoral reformas para impedir, por todos los medios del Estado de Derecho, que ETA-Batasuna consiga su objetivo.
Pedimos al Gobierno que las ponga en marcha.
• En primer lugar, "si durante la campaña electoral" se "tuviera conocimiento de circunstancias que impidan la presentación de candidaturas", el Gobierno debe interponer nuevo recurso para anularlas ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo, y tiene de plazo hasta el próximo día 12 de mayo. (Nuevo art. 49.5 LOREG)
• Posteriormente, "desde la votación hasta la proclamación de electos", la nueva vía recogida en el art. 108 permite al Gobierno presentar "demanda de ilegalización del partido o partidos integrantes de la coalición", si se demostrara que se han convertido en instrumentos de ETA, así como solicitar la suspensión cautelar de la proclamación de sus electos, evitando que tomen posesión de sus cargos.
• Por último, si llegaran a tomar posesión de sus escaños, hay que recordar que la reforma de la Ley Electoral incluye también (art. 6.4) la previsión de aplicar, "en cualquier momento del mandato", "la incompatibilidad sobrevenida" a todos los electos que hayan concurrido a las elecciones en fraude de Ley y que hayan formado parte de candidaturas de partidos o coaliciones sucesoras o continuadoras de un partido ilegal. (art. 108.4 bis)
El Partido Popular, de acuerdo con su trayectoria política y desde la lealtad a los principios y valores del pacto antiterrorista, recogidos en la Moción aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 14 de Diciembre, reclama al Gobierno que dé instrucciones a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para que sigan recabando los elementos de convicción y de prueba al objeto de que todos los representantes en las instituciones lo sean en nombre de la democracia y nunca en nombre y al servicio de las estrategia de ETA.