La lacra de los incendios forestales que, año tras año, se reproduce en los meses estivales, ocasiona importantes daños a nuestro patrimonio natural y a bienes públicos y privados, además de generar situaciones de peligro para la integridad física de las personas.
La defensa de los montes contra los incendios, a través de las labores de prevención y extinción, es competencia de las comunidades autónomas en sus respectivos territorios. La Administración General del Estado, en colaboración con las administraciones autonómicas, tiene encomendado el despliegue de medios estatales de apoyo a las mismas para la cobertura de los montes contra incendios. Se trata de medios de extinción de cobertura nacional que pueden actuar en cualquier punto del territorio, donde la situación lo reclame, cuando la comunidad autónoma lo demande. Son, por tanto, medios de apoyo, de refuerzo, a las comunidades autónomas.
El Ministerio de Medio Ambiente dispone de brigadas de refuerzo contra incendios forestales, BRIF, integradas por 500 profesionales, que son los auténticos especialistas en la lucha contra los incendios, aunque su labor pasa demasiadas veces desapercibida por los medios de comunicación, y de 18 equipos de prevención integral de incendios forestales para la realización de labores preventivas en zonas de especial interés medioambiental, junto con el personal de las BRIF fuera de los meses de máximo riesgo.
Pese a las restricciones presupuestarias, el presupuesto del Ministerio destinado a prevención y lucha contra incendios se ha incrementado en el año 2013.
El empeño del Gobierno de la Nación por incrementar la colaboración con las comunidades autónomas dio su fruto el pasado año, disminuyendo los grandes incendios, al potenciar el Ministerio el uso de los medios estatales, en ayuda de las administraciones autonómicas, desde el inicio del fuego.
También el Consejo de Ministros aprobó, mediante Real Decreto, la nueva Directriz Básicas de Planificación de Protección Civil de Emergencia por incendios forestales, en la que se establecen los criterios mínimos que han de seguir las distintas administraciones públicas para confeccionar los planes territoriales, de forma que la coordinación entre ellas sea más eficaz.
Así mismo, el Proyecto de Ley de modificación del Código Penal introduce dos nuevas circunstancias agravantes en casos especialmente lesivos para el medio ambiente o que generen un peligro elevado: que el incendio afecte a zonas próximas a núcleos de población y que el incendio sea provocado cuando las condiciones climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo de propagación del fuego. En estos supuestos la pena se incrementa de 3 a 6 años de prisión.