Cuando en febrero del 2013 el Grupo Parlamentario Popular (GPP) defendía una Proposición no de Ley (PNL) relativa a la adaptación normativa para dar respuesta a la situación de vulnerabilidad y desamparo en la que se encuentran aquellos menores, hijos de víctimas mortales de violencia de género y del padre agresor, sabía que su proposición tenía un nombre propio: Salud.
Una niña adolescente a cuya madre asesinó su padre en su domicilio familiar de Almería, motivo por el cual él se encuentra en prisión preventiva con privación de patria potestad, orden de alejamiento, prohibición de comunicación con su hija entre otras medidas cautelares.
La vida de Salud cambiaba por completo, no recibía asistencia especial de carácter psicológico, psiquiátrico ni económico, ni siquiera una exención impositiva cualquiera, simplemente el reconocimiento de una pensión de orfandad de 250 euros mensuales.
Este caso hizo que el Grupo Parlamentario Popular se involucrara en buscar una solución a semejante injusticia. Mantuvieron conversaciones con la abogada de Salud y recabaron la información necesaria para presentar una PNL en la Comisión de Justicia que contaría con el apoyo de los diferentes miembros de la Cámara. El portavoz popular, José Miguel Castillo Calvín ponía un ejemplo real que hacía constatar las graves deficiencias de un sistema que, por el simple hecho de carecer de una regulación adecuada, era incapaz de ofrecer soluciones frente al desamparo. La realidad es que cuando Salud perdió a su madre, afectiva y legalmente también había perdido a su padre para siempre, sin embargo, el ordenamiento jurídico español solo reconoce el derecho a una pensión de orfandad simple por el fallecimiento de uno de los padres.
Castillo Calvín, evidenciaba, en la defensa de la PNL de su grupo, el incumplimiento de la obligación que tenía el Estado conforme a los tratados suscritos por España (concretamente en la Declaración de los Derechos del Niño, proclamada por la Asamblea General de Naciones Unidas, y el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño), de brindar temporalmente una protección especial al menor hijo y víctima de violencia de género, privado totalmente de su medio familiar. Además, apelaba al consenso en esta materia "precisamente en un momento en el que, desafortunadamente, faltan los consensos y sobran los reproches, será innecesario apelar a la conciencia de quienes ostentamos responsabilidades políticas en esta Cámara, porque es obligación de todos nosotros defender aquello que es justo".
Y aceptándose e incorporándose una enmienda de CIU, el resultado de la votación de esta PNL justificaba el consenso al que invocaba el portavoz de Justicia del GPP: votos a favor 40, abstenciones 1.
Cuando un año después – en febrero de 2014- un juez concede a Salud una pensión de orfandad completa, los grupos que forman la Congreso de los Diputados muestran su satisfacción. La PNL presentada por el Grupo Parlamentario Popular ha influido en una decisión judicial con una sentencia pionera. Salud tiene que recibir una pensión de orfandad por el asesinato de su madre, pero también la que debe corresponderle por la muerte civil de su padre que cumple condena. En realidad, tal y como dice la resolución del Juzgado de lo Social número 3 de Almería, "es como si la menor, desde su nacimiento, sólo hubiera tenido un progenitor (la madre) que era la única que cumplía con las obligaciones que le impone la patria potestad".
Aunque Salud, dos años y medio después del asesinato de su madre, sigue enferma y necesita ayuda psicológica, en un futuro sabrá que su historia llegó a remover la jurisprudencia española, ayudó a seguir protegiendo a los menores víctimas de la violencia de género en España y logró ese consenso – tantas veces añorado en otras ocasiones- en la Cámara.