Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas al Parlamento del País Vasco que se celebrarán el domingo, 21 de abril de 2024, de acuerdo con la convocatoria publicada hoy en el Boletín Oficial del País Vasco.
Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 11 de abril (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.
Solicitud de voto por correo telemática
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos el sistema de identificación electrónica de Euskadi (BakQ) (mediante el uso de la tarjeta virtual), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).
Solicitud de voto en oficinas
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en el País Vasco, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 1 de abril de 2024, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
Se recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual.
El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 17 de abril de 2024.
SOLICITA TU VOTO HASTA EL 23 DE MARZO
Puedes descargar el documento en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (www.maec.es), o solicitarlo en tu consulado o embajada.
Una vez rellenado y firmado, entrégalo personalmente en la Embajada y Oficina Consular, a la atención de la Oficina del Censo Electoral de tu provincia (no olvides tu D.N.I o pasaporte).
HASTA EL 17 DE ABRIL
Para enviar tu voto por correo postal certificado a la mesa electoral que corresponda en España.
Introduce por separado tu certificado de etar incristo en el censo, nunca dentro de los sobres de votacion ya que sería voto nulo.
DEL 16 AL 22 DE MARZO
Envío, de oficio, de la documentación electoral por la O.C.E.
DEL 27 AL 31 DE MARZO
Envío de las papeletas oficiales para la votación.
VOTO POR CORREO HASTA EL 16 DE ABRIL
Quien desee votar por correo deberá enviar su voto por correo postar certificado a la Oficina Consular.
VOTO PRESENCIAL DEL 13 AL 18 DE ABRIL
Quien opte por depositar el voto en unrna en la Oficina Consular
ELECTORES (CERA) QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN ESPAÑA DURANTE EL PROCESO ELECTORAL
Podrán solicitar, al igual que los residentes en España, el voto por correo hasta el 11 de abril en cualquier oficina de Correos, debiendo enviar e lmismo no más tarde del 17 de abril.
DESDE EL 27 DE FEBRERO AL 11 DE ABRIL
Solicitud del voto por correo desde el barco por radiotelegrafía.
DESDE EL 1 AL 14 DE ABRIL
Remisión por OCE al puerto, armador
HASTA EL 17 DE ABRIL
Envía a l amesa del vot opor correo por el personal embarcado desde cualquier puerto del Estado.
DESDE EL 27 DE FEBRERO AL 25 DE MARZO
Comunicación, vía telefónica (012) al Departamento de Seguridad por la persona con discapacidad visual para utilizar el procedimiento de voto accesible.
DESDE EL 25 DE MARZO AL 21 DE ABRIL
Consulta de candidaturas tanto en la web del Departamento de Seguridad en formato accesible como en el teléfono gratuito al efecto.