De Rosa: “El Gobierno socialista y comunista se dedica a amparar a los okupasque incurren en un delito”

El Pleno del Senado debate una PL que modifica el Tribunal del Jurado y la LECRIM, para juzgar por procedimiento rápido el delito de allanamiento de morada

El portavoz de Justicia del GPP en el Senado, Fernando de Rosa
El portavoz de Justicia del GPP en el Senado, Fernando de Rosa

Pide la supresión de la competencia del Tribunal del Jurado y modificar el Procedimiento Rápido de delitos,para incluir el tipo penal del allanamiento de morada  

“El derecho a disfrutar de una vivienda digna no equivale a privar de· una vivienda a quién la ha adquirido legalmente”  

"Vds. niegan que sea un problema. La izquierda está más cómoda· respaldando a los okupas que protegiendo a los ciudadanos”

 Define dos tipos de okupación, “las producidas por las mafias· organizadas y los casos de personas vulnerables a las que hay que ayudar con apoyo social y empleo”

 

“Hay que garantizar el derecho a la propiedad privada y dar seguridad jurídica a los ciudadanos”, ha reclamado Fernando de Rosa en el debate de la Proposición de Ley presentada por el GPP, por la que se pide defender la propiedad privada y conseguir acelerar los trámites cuando exista allanamiento de morada. “El Gobierno socialista y comunista se dedica a amparar a los okupas que incurren en un delito”, ha acusado el portavoz de Justicia del PP.

Desde el punto de vista procesal, la okupación ilegal de bienes inmuebles que no constituyen morada, se tramita por el procedimiento del juicio rápido, sin embargo, para la instrucción y enjuiciamiento de la ocupación de la morada habitual, se seguirá el procedimiento ante el Tribunal del Jurado. El delito de allanamiento de morada se puede tramitar como juicio rápido, pues el inicio del procedimiento, en la mayor parte de las ocasiones, es una denuncia del morador plasmada en un atestado policial, tal y como explica De Rosa. De esta forma la instrucción sería más sencilla y la pena entra dentro de los límites del procedimiento de juicio rápido regulado por los arts. 795 y 801 de la LECRIM.

“El procedimiento ante el Tribunal del Jurado es complejo, no sólo por su tramitación ardua y el tiempo que todos los profesionales de la justicia invierten en el mismo, sino también por la tardanza en poder señalar un juicio de jurado, que en muchas ocasiones se dilata en más de un año desde que concluye su tramitación y su señalamiento para la celebración”, ha asegurado De Rosa.

 538 DIAS PARA UN JUICIO

Durante la defensa de la Proposición de Ley, Fernando de Rosa, se ha referido a la Memoria de la Fiscalía y a los trabajos debatidos en el Centro de Estudios Jurídicos, que critican la inclusión del delito de allanamiento de morada dentro del catálogo de delitos enjuiciables por los trámites de la Ley del Jurado, al denunciar que este delito de sencilla tramitación, tarda una media de 538 días para ser enjuiciado. “Por este motivo, de manera paralela a la propuesta de reforma del art. 1 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, se incluye la propuesta de reforma del artículo 795 de la LECRIM con el objeto de que el delito de allanamiento de morada sea instruido y juzgado a través del procedimiento rápido.”

Para el senador por Valencia y portavoz de Justicia, el Decreto aprobado en diciembre pasado por el Gobierno exige la intimidación o violencia para desalojar a los okupas, “¿Son conscientes de que se está impidiendo la expulsión de los okupas que han cometido un delito?, ha preguntado y ha pasado a exponer numerosos ejemplos en la Comunidad Valenciana, “dónde la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo tiene un total de 1.349 viviendas ocupadas, lo que representa un 9,6 por ciento de las viviendas públicas de la Generalitat Valenciana”; y ha añadido que “la solución que han encontrado es regularizar a los okupas, aunque hayan empleado violencia o intimidación, lo que ha generado un agravio comparativo”.

Otros ejemplos que ha llevado al Pleno de la Cámara, son Madrid, Barcelona, Sevilla, Zaragoza, entre otras y muchas ciudades metropolitanas. “Son cientos de ejemplos que se extienden por toda España”, ha afirmado.

 “La izquierda está más cómoda respaldando a los okupas que protegiendo a los ciudadanos”, ha denunciado el popular. “Niegan que sea un problema real”, por ello, ha recordado al Grupo Socialista que han votado en contra de las propuestas presentadas por el Grupo Popular, “porque olvidan que un delito contra la propiedad no puede generar un derecho”.

UNA SEMANA PARA LIBERAR LAS VIVIENDAS

Los ciudadanos solicitan soluciones inmediatas ante los problemas sociales y de convivencia que sufren, además de los atentados contra su derecho a la propiedad. “Por eso proponemos soluciones inmediatas, como esta proposición que sacaría a los okupas en un plazo máximo de una semana”.

 Finalmente, Fernando de Rosa ha explicado los 5 ejes en los que se basa la proposición del PP:

1- Que el ocupante ilegal de una vivienda o bien inmueble no goce de la protección como morada o domicilio, frente a la actuación de la autoridad pública o sus agentes.

2- Que se establezca un plazo máximo de desalojo voluntario de un inmueble por parte de quien realiza una ocupación ilegal y, de no producirse, poder procederse al alzamiento inmediato por parte de la autoridad pública o sus agentes.

3- Que no se permitan empadronamientos de personas que hayan ocupado de forma ilegal y, de haberse realizado, se considere nula.

4- Que se aumenten las penas del Código Penal relativas al allanamiento de morada y la usurpación.

5- Que tanto las comunidades de propietarios, como las personas jurídicas, puedan adoptar medidas legales y actuar ante los tribunales e impulsar estos desalojos.

Para que estas medidas tengan su encaje en el proceso penal, el PP plantea la reforma de la Ley del Jurado y de la LECRIM:

 -Supresión de la competencia del Tribunal del Jurado del delito de allanamiento de morada.

-Modificación del ámbito del procedimiento de enjuiciamiento rápido de delitos, incluyendo este tipo penal, como ya lo está el delito de usurpación.