"Implanta un sistema más estricto para controlar las remuneraciones de los administradores y la responsabilidad por su gestión".
El portavoz del GPP en la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Eloy Suárez, afirmó hoy que el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital "es una reforma de gran calado, valiente y decidida" que modificará el funcionamiento tradicional de los principales órganos de gobierno de uno de los elementos determinantes de nuestra economía.
En su intervención en la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso para la aprobación definitiva de la norma, el portavoz del GPP señaló que "la mejora del gobierno corporativo de las empresas era la asignatura pendiente de nuestro sistema mercantil y se efectúa en ese camino emprendido por el Gobierno de Rajoy de dotar a España de las reformas necesarias que hagan que este país pueda generar riqueza y empleo".
Asimismo, afirmó que "la Ley pretende introducir medidas de calado en el Gobierno Corporativo de las Sociedades de Capital". "Medidas –dijo- pensando fundamentalmente en los accionistas, en la empresa, para que no se vuelvan a repetir algunos episodios que hemos vivido durante la crisis".
Así, aseguró que con esta modificación "se da un paso importante en lo que afecta al régimen jurídico de las Sociedades de Capital, se dota de más protagonismo a la Junta de Socios en las decisiones empresariales y, a su vez, implanta un sistema más estricto para controlar las remuneraciones de los administradores y la responsabilidad por su gestión".
Novedades que aporta
En cuanto a las novedades que la Ley aporta, Ely Suárez explicó que en lo que respecta a la Junta General de socios/accionistas, ésta tendrá la nueva función de impartir instrucciones de gestión a los administradores. "Asimismo, se atribuye a la Junta el poder de decisión sobre aquellas operaciones cuyo volumen supere el 25% del total de activos del balance", añadió.
También se propone realizar votaciones separadas para los asuntos que sean sustancialmente independientes y, además, para impugnar un acuerdo de la Junta ya no será necesario analizar si se trata de un acuerdo nulo o anulable, pues se elimina tal distinción.
Sobre las novedades en el órgano de administración, el portavoz del GPP destacó que el Proyecto "define de forma precisa los deberes de los administradores en cuanto a diligencia y lealtad a la empresa y también se va a concretar el procedimiento a seguir en caso de que algún administrador tenga conflicto de intereses con la Sociedad".
De la misma manera, indicó que "el Proyecto facilita que los socios puedan exigir responsabilidades al Órgano de Administración" y en cuanto a las competencias del Consejo de Administración, señaló que "se introducen una serie de materias reservadas al Consejo que serán indelegables, acabando así con el poder omnipotente de los Consejeros Delegados".
Suárez explicó que otro cambio esencial "consiste en limitar la retribución de los administradores, que deberá ser razonable y acorde con la situación económica de la sociedad y con las funciones y responsabilidades que cada administrador tiene atribuidas".
Por último, indicó que "al redactar la memoria de las cuentas anuales, los administradores deberán hacer constar el periodo medio de pago a los proveedores". "Es loable la intención de este Proyecto de ley de imponer un mayor control de los administradores para conseguir su máximo rendimiento e implicación con la empresa", concluyó.