La portavoz adjunta del GPP, Ana Alós, ha recordado este miércoles en el Congreso que “la competencia de la defensa de los bienes culturales españoles es del Estado”, de ahí que “atendiendo a nuestra Constitución -ha subrayado-, solo pueda haber una Autoridad Central”, en referencia a la nueva figura establecida por la Directiva Europea sobre restitución de bienes culturales que hayan salido de forma ilegal del territorio español, o de otro Estado miembro de la Unión Europea, al incorporarse al ordenamiento jurídico español.
En su intervención en la Comisión de Cultura con motivo de la ratificación del Proyecto de Ley que lleva a cabo dicha transposición, la parlamentaria popular ha querido destacar que la futura norma, en su artículo 3.3, recoge “una expresión legal y suficiente de reconocimiento expreso” a la gestión que las distintas comunidades autónomas hacen en relación con el patrimonio histórico y con la recuperación de los bienes exportados ilegalmente.
Ana Alós ha manifestado que lo contrario, es decir, la creación de la figura de una Autoridad Coordinadora, como han venido reclamando formaciones nacionalistas en sus enmiendas al texto, sería reconocer “la existencia previa de una Autoridad Central fragmentada”.
“Son razones de legalidad”, ha explicado Alós, “las que razonan” la inviabilidad de esta petición, pues el artículo 149 de la Constitución reconoce la competencia exclusiva del Estado en esta materia, y en la transposición de una Directiva al ordenamiento jurídico español, según ha puesto de manifiesto la diputada popular, “la Constitución ha de ser la principal de las referencias normativas a tener en cuenta”.
Ante la demanda de que el contenido de la Directiva Europea se articule de manera armoniosa con el marco competencial interno, la portavoz popular ha replicado que el Proyecto de Ley “ha sido visado por todas las comunidades autónomas, y ninguna manifestó entonces reparo alguno” a la redacción de la nueva norma, como tampoco lo hicieron el Consejo de Estado o el resto de organismos consultivos.
En su alocución, Alós ha asegurado que con la transposición de la Directiva 2014/60/UE, de 15 de mayo de 2014, se pretende hacer más eficaz su desarrollo a fin de cumplir los objetivos que se persiguen, dando respuesta a las causas de “su escasa aplicación”.
Entre las novedades de la futura norma, Alós ha enumerado las siguientes: “Se elimina el anexo en el que se categorizan los bienes; prevé la designación de la Autoridad Central en cada Estado miembro; establece que el intercambio de información y la cooperación entre ellos se lleve a cabo a través del Sistema de Información Interior; amplía de 2 a 6 meses el plazo para verificar si el bien cultural descubierto en otro Estado miembro constituye un bien en el sentido descrito en la Directiva; amplía de 1 a 3 años el plazo para ejercer la acción de restitución; establece unas directrices claras para la determinación de la existencia o no de diligencia debida; y se amplían los plazos para remitir el informe pertinente a la Comisión Europea”.
Y fruto de una transaccional con Ciudadanos, Alós ha destacado que el nuevo texto recoge también que “el Gobierno de España, a más tardar el 18 de diciembre de 2020, y a continuación cada cinco años, envíe un informe sobre la aplicación de la presente Ley a la Comisión Europea”, con arreglo a lo que la propia Directiva exige a los Estados miembros.
Al hilo de dicha transposición, Alós ha recordado que “desde 1993 se han ido aprobando Directivas europeas relativas a la restitución de bienes culturales exportados ilegalmente”, incidiendo en que “todas las que se han sucedido han ido modificando aspectos concretos de la misma”, como la que incorporó los valores en euros a partir de enero de 2002.