La portavoz del GPP y secretaria general del PP explica que el Partido Popular ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra dos enmiendas de PSOE y Podemos que pretenden reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Alto Tribunal, con el “único objetivo de controlarlo”
También solicita al TC que, como medida cautelarísima, suspenda la ejecución de los acuerdos que afectan a la tramitación de dichas enmiendas. “Ante momentos excepcionales como los que estamos viviendo se necesitan medidas excepcionales”, sostiene
Subraya que, además de la inconstitucionalidad de su contenido, reformar leyes orgánicas que afectan al Poder Judicial vía enmiendas supone hurtar el debate y los informes preceptivos acerca de las iniciativas. En este sentido, destaca que el PP lleva advirtiendo a los órganos pertinentes del Congreso de su “inconstitucionalidad y antijuridicidad”, por lo que no deberían tramitarse
Recuerda que el presidente Feijóo anunció que “el PP acudiría al TC cuantas veces fuese necesario para defender el Estado de derecho y la separación de poderes”
“Una ley que empezó siendo para derogar el delito de sedición se transformó en una que abarata la corrupción y que quiere introducir, por la puerta de atrás, la modificación de dos leyes orgánicas para controlar el Alto Tribunal”, denuncia Gamarra, quien asevera que “ante semejante ataque al orden constitucional y al Estado de derecho el PP ha ido al TC”
Lamenta que los independentistas “nunca han ido tan rápido y tan fácilmente como con Pedro Sánchez en La Moncloa”. En este sentido señala que la hoja de ruta del independentismo pasa por sacar la sedición del Código Penal, abaratar la corrupción y convocar un referéndum de autodeterminación
Remarca que “los independentistas ya están felicitándose por el referéndum que están dispuestos a impulsar y que podrán hacer con mucha mayor facilidad, ya que el Gobierno está adaptando el Código Penal para que no tenga ningún tipo de consecuencia cualquier medida que puedan llevar a cabo contra el orden constitucional”
Subraya que mientras ERC habla abiertamente de referéndum y una parte del Gobierno reconoce esa vía, el PSOE intenta llamarlo de otra manera para intentar engañar a los españoles, “pero los españoles no somos tontos y exigimos a los socialistas que nos dejen de mentir”
Recuerda que con la misma rotundidad con la que ahora los ministros socialistas niegan que vaya haber un referéndum es con la que rechazaban que se fuera a derogar el delito de sedición o rebajar el de malversación, lo que le lleva a concluir que esa consulta “sí se producirá”
Anima a todos los dirigentes socialistas que dicen oponerse a la deriva de Sánchez que pidan a los diputados de sus organizaciones territoriales que voten en contra de derogar el delito de sedición y de rebajar las penas por corrupción
BASES DEL RECURSO AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
A la vista de la admisión a trámite de varias enmiendas mediante un uso fraudulento de los trámites parlamentarios, con falta de conexión de homogeneidad con el texto de la proposición de ley y que son inconstitucionales de forma manifiesta, el Grupo Popular ha presentado recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra los acuerdos de los órganos del Congreso que han tomado esa decisión de admitir a trámite las enmiendas y de incorporarlas a la reforma
Las enmiendas a las que se refiere el Grupo Popular son las enumeradas como 61 y 62, presentadas por el Grupo Socialista y el de Podemos. La primera de ellas modifica la LO 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial modificando el régimen de nombramientos de magistrados por el Consejo General del Poder Judicial. Esto vulnera el art. 159.1 Constitución, al eliminarse la mayoría de 3/5, exigida expresamente a las Cámaras para garantizar la independencia de los magistrados y asumida pacíficamente durante cuatro décadas. Además, se limita el quórum para tomar el acuerdo y se limitan las capacidades de propuesta y de voto de los vocales del Consejo.
La segunda modifica la LO 2/1979 del Tribunal Constitucional eliminando la potestad del Tribunal Constitucional para verificar la adecuación al ordenamiento de los nombramientos de los nuevos Magistrados, lo que supone un atentado a la independencia y autonomía del Tribunal Constitucional. Así mismo habilita la posibilidad de renovar “un sexto” del Tribunal en lugar de “un tercio”, lo que contraviene de manera clara, el expreso tenor del art. 159.3 de la Constitución que dispone que se renovarán por terceras partes cada tres años
A juicio del PP, las enmiendas suponen un atentado a la separación de poderes y una quiebra grave del Estado de Derecho, además de ser indiscutiblemente incompatibles con la Constitución
En el recurso de amparo el GPP no pide solamente que se anulen los acuerdos adoptados, sino que también solicita medida cautelar inaudita parte que se concreta en que se adopten las medidas necesarias para suspender la admisión a trámite de las enmiendas referidas, independientemente del momento en el que se encuentre la iniciativa legislativa.
El GPP explica que la presentación del recurso de amparo no es óbice para que, en el momento procesal oportuno, el Grupo Parlamentario Popular presente también recurso de amparo contra la tramitación de la proposición de ley, por vulneración del art. 23 de la Constitución, y recurso de inconstitucionalidad contra la norma una vez aprobada