Asegura que no es una materia transferible porque los compromisos internacionales obligan a disponer de un coordinador nacional único.
El Grupo Parlamentario Popular (GPP) se ha opuesto hoy a la toma en consideración de una Proposición de Ley Orgánica del BNG relativa a la transferencia a la Comunidad Autónoma de Galicia de las competencias en materia de salvamento marítimo y lucha contra la contaminación marina, por entender que éstas son materias no susceptibles de división administrativa, que no han sido reclamadas por la propia CC.AA. y, además, por no ser necesaria debido a la ejemplar colaboración entre la Xunta y el Estado en esta materia.
El diputado popular gallego Celso Delgado ha precisado hoy en el Pleno que considerar el salvamento marítimo y la contaminación marina como parcelables "se opone a los compromisos internacionalmente asumidos por nuestro país, que obligan a disponer de un coordinador nacional único en estas materias que tiene que estar relacionado con sus homólogos a nivel internacional".
Delgado aclaró, además, que se trata de una iniciativa partidaria que no cuenta con el respaldo de la propia CC.AA. para la que se solicitan las competencias, ya que el propio BNG, en el año 2010, concretamente el 9 de marzo, planteó ante el Parlamento de Galicia la toma en consideración de esta misma Proposición de Ley y después del correspondiente debate, cuando se votó la iniciativa, fue rechazada por 38 votos en contra, 24 abstenciones y sólo sus 12 votos a favor.
En su intervención, el diputado popular ha recordado que la legislación aplicable en materia de Salvamento Marítimo y Lucha contra la Contaminación Marina, esto es el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y la sentencia del Tribunal Constitucional, 40/98 de 19 de febrero, en relación con las competencias de las Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado, en materias relativas a Marina Mercante (entre las que se incluyen el Salvamento Marítimo), dispone que las competencias autonómicas sobre salvamento marítimo se refieren a la función ejecutiva de búsqueda y rescate de personas en peligro y quedan circunscritas territorialmente a las aguas interiores y al mar territorial español (hasta 12 millas de distancia frente a la costa del litoral autonómico), siendo competencia del Estado, en dicho espacio marítimo, toda la potestad legislativa y reglamentaria en materia de salvamento marítimo, así como las facultades de supervisión de la ejecución autonómica, y las de coordinación para su ejercicio.
La doctrina es clara sobre el hecho de que, incluso en los supuestos de competencia autonómica de ejecución, el Estado puede y debe contar con una Administración general propia para todas y cada una de las materias del artículo 149.1 de la Constitución Española.
Delgado entiende, además, que en último término no podrían determinarse los medios a transferir, puesto que el personal, las unidades marítimas e instalaciones de la Sociedad no se limitan a cumplir funciones de búsqueda y salvamento en el mar territorial, sino que lo hacen más allá de las 12 millas, incluso en zonas de responsabilidad SAR que incluyen aguas territoriales de otros países.
Asimismo, en consideración a la transferencia pretendida de la competencia sobre Lucha contra la Contaminación Marina, este es un servicio público que, debido a su naturaleza, trascendencia y efectos en otros ámbitos y localizaciones, no resulta susceptible de transferencia a una particular Comunidad Autónoma.
Los mismos medios que realizan tareas de salvamento marítimo, son los empleados en la prevención y lucha contra la contaminación marina, servicios de tráfico marítimo, y de asistencia y seguridad marítima, competencias exclusivas de la Administración General del Estado.
De hecho, los recursos al servicio de la Administración General del Estado, con dedicación a estas materias, prestan sus servicios más allá del mar territorial español correspondiente al litoral de la Comunidad Autónoma de Galicia, e incluso de la zona económico-exclusiva trabajando también en aguas territoriales de otros países, todo ello en virtud de los Convenios Internacionales suscritos por España, que, como se ha dicho anteriormente, exigen un único coordinador para estas materias.
Circunscribiéndose al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, conviene reseñar que las embarcaciones allí ubicadas realizan tareas de salvamento marítimo tanto dentro como fuera de las 12 millas, así como de lucha contra la contaminación. Igualmente los medios aéreos que, además, tienen una dedicación muy importante a la vigilancia y control de posibles contaminaciones procedentes de buques, competencia exclusiva de la Administración General del Estado cualquiera sea el espacio marítimo en que se produzca.
En lo que se refiere a los Centros de Coordinación de Salvamento, los existentes en Galicia realizan la mayor parte de su trabajo de seguimiento y ayuda al tráfico marítimo, con buques que navegan fuera del mar territorial español.
Delgado desgranó en su intervención los medios de Salvamento Marítimo en Galicia:
- 1 buque polivalente de salvamento y lucha contra la contaminación: "Don Inda"
- 2 remolcadores de salvamento: "María Pita" y "SAR Gavia"
- 1 guardamar: "Concepción Arenal"
- 7 salvamares: Salvamar Mirach (Cangas), Salvamar Regulus (Porto do Son), Salvamar Altair (Camariñas), Salvamar Mirfak (A Coruña), Salvamar Shaula (Cariño), Salvamar Alioth (Burela), Salvamar Sargadelos (Ribeira)
- 1 avión: "Sasemar 102"
- 2 helicópteros: Helimer 211 y Helimer 401
- 1 base estratégica (Fene) La finalidad de las bases estratégicas es mantener en situación de permanente operatividad los equipos de salvamento y de lucha contra la contaminación para su inmediato traslado a cualquier punto de la geografía española en caso de emergencias.
- 1 base subacuática (Fene) que dispone de medios cualificados materiales y humanos para la ejecución de los servicios de salvamento marítimo y lucha contra la contaminación y/o de su prevención.
- 3 de los 19 Centros de Coordinación de Salvamento de toda España están ubicados en: Vigo, Coruña y Fisterra.
Los Centros de Coordinación de Salvamento (CCS) son los encargados de coordinar la ejecución de las operaciones de búsqueda, rescate, salvamento y lucha contra la contaminación en el ámbito geográfico asignado a cada uno de ellos.
El Centro de Coordinación de Salvamento ubicado en Fisterra tienen asignadas también las tareas de supervisión del tráfico marítimo a su paso por el Dispositivos de Separación de Tráfico.
El CCS de Vigo trabaja también en colaboración con la Autoridad Portuaria, en la coordinación y control del tráfico marítimo-portuario.
Finalizó el diputado popular su intervención destacando la colaboración en materia de salvamento y lucha contra la contaminación entre Salvamento Marítimo y Guardacostas de la Xunta es ejemplar, existe una total coordinación, se hacen varios ejercicios conjuntos al año, se celebran reuniones periódicas de seguimiento y puesta en común de protocolos a seguir, conocimiento mutuo de equipos y medios disponibles etc.