La trata de personas es el tercer negocio ilícito del mundo, junto el tráfico de drogas y el de armas, generando unos beneficios superiores a los 4.800 millones de euros al año.
Según datos de EUROSTAT, el 62% de las víctimas de trata identificadas lo son con fines de explotación sexual. De ellas, el 80% son mujeres y el 2% niñas.
Estas cifras estremecedoras no hacen sino corroborar que la trata de seres humanos con fines de explotación sexual es una manifestación más de la situación de desigualdad en la que se encuentran las mujeres y, siendo una de las más graves vulneraciones de los derechos humanos, constituye una forma de violencia contra la mujer que tiene su principal objetivo en personas que se encuentran ante una situación de especial vulnerabilidad.
Considerar la esclavitud del siglo XXI como una forma de violencia de género, identificada de este modo en el nuevo marco normativo, es clave para mejorar la respuesta institucional, especialmente en el ámbito judicial.
Aprobación del informe de la Subcomisión para el análisis y estudio de la trata de seres humanos con fines de explotación sexual
En la Comisión de Igualdad, celebrada el pasado 30 de junio, tuvo lugar la aprobación del informe de la Subcomisión para el análisis y estudio de la trata de seres humanos con fines de explotación sexual.
A diferencia de otros países europeos, en los que ni siquiera existe legislación al respecto, España ha avanzado mucho tanto en la detección del delito como en la atención a las víctimas y el castigo de los tratantes, especialmente desde la ratificación del Protocolo de Palermo en el año 2003, contando con un marco legislativo y de atención social bastante desarrollado.
Pese a ello, tras la comparecencia de los 32 expertos presentes en la Subcomisión, se han recogido diferentes desafíos a los que tienen que hacer frente nuestro ordenamiento jurídico y la sociedad española con el fin de mejorar los mecanismos de prevención, detección, coordinación, protección de las víctimas y persecución del delito.
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