Voto por correo para las elecciones del 28M

Intrucciones para votar por correo en las Elecciones Autonómicas y Municipales 28 de mayo

Vota por correo 28M
Vota por correo 28M

Si tienes cualquier duda o necesitas ayuda, llama al teléfono gratuito de atención al ciudadano: 900101446

VOTO POR CORREO
VOTO ERTA (Españoles Residentes en el Exterior Temporalmente)
VOTO CERA (Españoles Residentes Ausentes)

VOTO POR CORREO

  1. Del 4 de abril al 18 de mayo
    Con tu DNI, Carné de Conducir o Pasaporte solicita el impreso en cualquier oficina de Correos.
    También puedes solicitar el voto por correo de forma telemática, mediante firma electrónica a través de la web de Correos.

  2. Del 8 de mayo al 21 de mayo
    Recibirás en tu domicilio toda la documentación necesaria para votar.
    La Oficina del Censo Electoral envía la documentación, que Correos entregará al elector antes de que finalice el plazo para depositar el voto.

  3. Hasta el 24 de mayo
    Envía tu voto certificado en cualquier oficina de Correos de manera gratuita.
    Introduce por separado tu certificado de estar inscrito en el censo, nunca dentro de los sobres de votación, ya que sería voto nulo.
    También tienes la opción de entregárselo directamente al cartero.

Las personas con enfermedad o discapacidad necesitan: 

  1. Certificado médico oficial, (gratuito), que puedes recoger en el Colegio de Médicos de tu comunidad.

  2. Poder notarial especial para Elecciones (gratuito), designando a la persona para tu representación que se ocupará de tu petición de voto por correo.

  3. El representante deberá:
              - Presentar en Correos el impreso de solicitud de la persona con su DNI original.
              - Acompañarlo con el certificado médico y el poder notarial.
              - Una vez recibida la documentación por la persona enferma o con discapacidad, el representante seguirá las mismas instrucciones expuestas para el voto por correo. 

VOTO ERTA (Españoles Residentes en el Exterior Temporalmente)


Inscríbete
como español no residente en el Registro de Matrícula Consular antes de solicitar tu voto.

  1. Solicita tu voto del 4 de abril al 29 de abril
    Puedes descargar el documento en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, o solicitarlo en tu Consulado o Embajada.
    Una vez rellenado y firmado, entrégalo personalmente en la Embajada u Oficina Consular, a la atención de la Oficina del Censo Electoral de tu provincia (no olvides tu DNI o pasaporte).
    Como muy tarde el 8 de mayo recibirás toda la documentación necesaria para votar.

  2. Hasta el 24 de mayo
    Envía tu voto de manera certificada, desde cualquier oficina de Correos de manera gratuita.
    Introduce por separado tu certificado de estar inscrito en el censo, nunca dentro de los sobres de votación ya que sería voto nulo.

VOTO CERA (Españoles Residentes Ausentes)


Si vives fuera de España
 y quieres votar en las Elecciones del 28-M:

  1. Del 22 al 29 de abril
    Envío, de oficio, de la documentación electoral por la O.C.E.
    Del 3 al 13 de mayo
    Envío de las papeletas oficiales para la votación también estará a disposición de los electores un modelo de papeletas descargables homologadas por la JEC.

  2. Hasta el 23 de mayo: Voto por correo
    Quien desee votar por correo deberá enviar su voto por correo postal al Consulado General.

  3. Entre el 20 y el 25 de mayo: Voto presencial
    Quien opte por depositar el voto en urna en el Consulado General